Diferencias entre actividad profesional y empresarial

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Uno de los requisitos fundamentales para darse de alta como autónomo es elegir el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de esta manera podremos conocer la actividad en la que nos vamos a dar de alta.

Existen tres tipos de actividades: Actividades profesionales, actividades empresariales y actividades artísticas, siendo las dos primeras las que más se confunden y las que vamos a tratar en este artículo.

Cuestiones de fondo

Las actividades profesionales son las actividades orientadas a la prestación de servicios realizados de forma personal o a través de sociedades profesionales.

El estar dado de alta en una actividad profesional como persona física nos genera la obligación de emitir facturas con retención siempre que sean emitidas a empresarios o profesionales, pero no cuando emitamos a particulares, es decir, cuando emitamos una factura a un particular no debemos aplicar retención.

La retención general a aplicar será del 15% . El porcentaje de IRPF puede reducirse al 7% que podremos aplicar durante el año que se inicia la actividad y durante los dos siguientes, siempre y cuando no hubiéramos estado de alta en ninguna actividad profesional en el ejercicio anterior.                   

El poderse acoger al tipo del 7% no es obligatorio, por lo que es recomendable valorar cada caso para conocer si interesa acogerse a esta opción.

Si emitimos las facturas con el 7% de retención tenemos que entregar a nuestro cliente un documento que describa brevemente nuestra actividad e informe que nos encontramos dentro del plazo reglamentario para poder acogernos a este tipo de retención.

¿Puedo comenzar con el tipo del 7% y en el transcurso del citado año en curso o los dos siguientes cambiar al 15%?

Si, la retención del 7% no tiene ningún tipo de permanencia, se puede cambiar al tipo de retención general del 15% en cualquier momento.

Respecto a las obligaciones con la Agencia Tributaria en el caso de las actividades profesionales si el 70% de la facturación anual se emite con retención no están obligados a presentar el modelo 130 trimestralmente, de este modo la regularización de ingresos se producirá una vez al año en la declaración de la renta (modelo 100).

A continuación se establecen algunos ejemplos de actividades profesionales:

Las actividades empresariales suelen estar asociadas a Sociedades o Autónomos que no desempeñen las actividades profesionales.

La gran diferencia es el no tener que practicar retención a la hora de emitir las facturas. El emitir las facturas sin retención nos genera la obligación de presentar trimestralmente el modelo 130 ante la Agencia Tributaria.

El modelo 130 es un pago fraccionado que va a cuenta de la renta (modelo 100), en el que trimestralmente se informan los ingresos y los gastos de la actividad obteniendo un rendimiento de la actividad (Ingresos de la actividad – Gastos de la actividad).

Si el rendimiento es positivo, es decir, la actividad tiene beneficio se ingresará en la Agencia Tributaria el 20% del resultado.

A continuación se establecen algunos ejemplos de actividades empresariales:

Conclusión

La diferencia principal entre actividad profesional y actividad empresarial es el modo de la emisión de las facturas y las obligaciones que nos general ante la Agencia Tributaria.

El alta de la actividad se realiza en la Agencia Tributaria mediante el modelo 036 – 037.

A continuación realizamos un resumen de lo tratado:

Miriam Quiles

Consultora Contable / Fiscal

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