Compatibilizar el paro y ser autónomo
Hasta ahora, al darse uno de alta como autónomo perdías la prestación por desempleo a menos que optase por la capitalización. Esta medida se plantea como alternativa a la capitalización del paro entre los más jóvenes y tiene como objetivos asegurar un mínimo de ingresos a la persona desempleada que decide emprender así como facilitar la puesta en marcha de su proyecto. A partir del año 2013, la medida permite compatibilizar el cobro del paro o prestación por desempleo con el hecho de estar de alta en el Régimen de autónomos de la Seguridad Social durante un máximo de nueve meses. En caso de que el autónomo se diera de baja antes, podrá seguir cobrando la prestación por desempleo que le quedase pendiente.
Los beneficiarios de la prestación por desempleo de nivel contributivo que se constituyan como trabajadores por cuenta propia, podrán compatibilizar la percepción mensual de la prestación que les corresponda con el trabajo autónomo, por un máximo de 270 días, o por el tiempo inferior pendiente de percibir, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones siguientes:
- Que el beneficiario de la prestación por desempleo de nivel contributivo sea menor de 30 años en la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia y no tenga trabajadores a su cargo.
- Que se solicite a la entidad gestora en el plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia, sin perjuicio de que el derecho a la compatibilidad de la prestación surta efecto desde la fecha de inicio de tal actividad. Transcurrido dicho plazo de 15 días el trabajador no podrá acogerse a esta compatibilidad.
- Reducción del 80% durante los 6 primeros meses, es decir, lo que se conoce como “tarifa plana” de 50€ mensuales durante las primeras 6 mensualidades, si la base de cotización que se elige es la mínima.
- Los siguientes 6 meses, se beneficiarán de una reducción del 50%, quedando la cuota de autónomos en 127 euros aproximadamente.
- Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes (179 euros)
- Los últimos 15 meses, hasta completar los 30, la bonificación será del 30%, con lo que se continará pagando 179 euros mensuales.