Medidas a adoptar para cumplir con la Protección de Datos
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos, todas las empresas y profesionales que traten datos de carácter personal deben cumplir con una serie de obligaciones, entre otras:
- Declarar los ficherosde datos de que dispongas ante la Agencia Española de Protección de Datos.
- Disponer del Documento de Seguridad. Es un manual interno en el que se detalla el tipo de dato de los ficheros que dispone la empresa, declarados ante la Agencia y distinguidos por finalidad, así como las medidas de seguridad que se les aplica a dichos ficheros.
- Adoptar las medidasindicadas en los Documentos de Seguridad. Esto implica que debes adoptar medidas documentales, físicas e informáticas, que cumplan adecuadamente con la normativa de protección de datos. Entre ellas, deberás firmar con las empresas que traten tus datos de tus clientes o de tus trabajadores, un contrato de El Encargado del Tratamiento.