Publicación de fotos sin consentimiento en la red

¿Qué pasa si se publican fotos sin consentimiento en internet? Algunos ejemplos de la publicación de fotos sin consentimiento en redes sociales, webs, etc.
  • Multa de 1.000 euros por subir una foto suya luciendo una camiseta con la leyenda: “Mi exmarido es un gilipollas”.

  • Multa de 25.000 dólares (18.000 euros) por colgar una foto en Twitter. La NBA sanciona a J.R. Smith por hacer pública en su cuenta la imagen de una mujer semidesnuda.

  • Un militante de IU subió una foto a Facebook de una actuación policial tras una manifestación y posteriormente fue detenido y acusado de un presunto delito de revelación de secretos.

  • Detienen a un hombre en Córdoba por difundir en Facebook imágenes eróticas sin el consentimiento de una vecina.

  • Condena a Pepe Jeans al pago de 7.000 euros de indemnización a una trabajadora como consecuencia de una intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen pues no había dado su consentimiento para dicha explotación.
La imagen personal es un dato protegido por la ley. Nadie puede utilizarla sin el consentimiento expreso de la persona que aparece en ella. Ya vemos que hacer un uso indebido puede acarrear un delito. Ni tan siquiera los padres pueden hacer lo que quieran con la imagen de sus hijos. Si alguien te envía una imagen, o la ves en una web, no significa que puedas usarla, distribuirla o enviarla a otras personas. Publicar fotos sin consentimiento puede tener graves consecuencias. Tenemos que utilizar el sentido común. Pensar antes de “colgar” una foto en la red. No publicar en los perfiles de las redes sociales excesiva información personal y familiar (ni datos que permitan la localización física) y no aceptar solicitudes de contacto de forma compulsiva, sino únicamente a personas conocidas o con las que haya relación previa. Los teléfonos móviles son muy sensibles a todo esto. Si pierdes el terminal o te lo roban puedes dejar a la luz cantidad de datos susceptibles de difusión. Debes saber que redes sociales como Facebook o Tuenti y portales como You Tube cuentan con mecanismos para que se pueda solicitar la supresión de fotos o vídeos que violen tu  intimidad. Si el vídeo o la foto que han difundido revelan secretos de la intimidad personal se puede poner una denuncia penal en la comisaría. La policía se pondrá en contacto con portales que publican la información para que la retiren. También rastrearan la IP del ordenador o dispositivo desde el que se subió la foto o el vídeo. Pero hay que actuar con rapidez pues una vez que comienza la difusión es muy difícil pararlo. Es el caso de la cantante Bárbara Streisand, “Efecto Streisand”. Denunció a un fotógrafo por publicar unas fotos sin consentimiento de su casa. Quería que las imágenes se retiraran y consiguió el efecto contrario. Las instantáneas del domicilio de la cantante dieron la vuelta al mundo. Puedes recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos para solicitar la retirada de un vídeo o de una foto, pero sólo en algunos supuestos. Como por ejemplo:
  • Debe ser una empresa la que haya difundido un vídeo o imagen sobre ti. La Agencia no tiene potestad si el que ha publicado la información es un particular.

  • Tú debes ser la única persona que se vea en el documento.
En estos casos puedes ejercer tu derecho de acceso a esta información así como tu derecho de cancelación. Los derechos al honor, la intimidad y la imagen son constitucionales. El derecho a la información también lo es. Cuando se publica un vídeo o una foto de una persona famosa, estos dos derechos pueden chocar, aunque ninguno prevalece sobre el otro. Es el juez el que debe decidir en cada caso. El Gobierno ha propuesto que difundir imágenes o vídeos sin permiso se castigue con penas de hasta un año de cárcel. La medida se contempla en el anteproyecto de la reforma del Código Penal.  

Emilio José García

Director Área Jurídica

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