Alta censal en la constitución de una sociedad (Modelo 036)

Tabla de contenidos

¿Cómo debemos llevar a cabo una alta censal en la constitución de una sociedad? Desde GM Consulting te proponemos una nueva Guía Práctica para que tus trámites burocráticos sean mucho más llevaderos. Del mismo modo, ponemos a tu disposición a nuestros abogados y asesores especializados en las diferentes áreas de práctica laboral, fiscal y mercantil.

La declaración censal en la constitución de una sociedad, modelo 036, sirve para comunicar a la Administración Tributaria determinada información censal, así como también para otros fines relacionados con la gestión de diversos impuestos. En este sentido, siempre que se presente una declaración censal, se deberá consignar en la página 1 la causa o causas que motivan su presentación, dentro del apartado A) alta, B) modificación o C) baja, según proceda.

En este caso, nos centramos en el alta censal en la constitución de una sociedad, por lo que deberemos seguir los siguientes pasos:

Solicitud NIF Provisional:

Página 1. Casilla 110. Este trámite, normalmente, lo gestiona directamente el notario donde se firma la constitución.

Página 3 Representantes:

Alta de socios y representantes. Junto al trámite anterior, en el mismo formulario, se comunican los socios y representantes de la sociedad.

Página 8 Relación de Socios:
  • Solicitud NIF Definitivo. Página 1. Casilla 120. Una vez registrada la escritura de constitución en el Registro Mercando, debe solicitarse el CIF definitivo. En este trámite es imprescindible aportar la escritura de constitución con la hoja registral.
  • Alta en el Censo de Empresarios. Página 1. Casilla 111. Una vez constituida la sociedad e iniciamos nuestra actividad empresarial, debemos darnos de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Al marcar esta casilla, debemos rellenar varias páginas del modelo:
  • Página 2B. Identificación personas jurídicas o entidades.
En la página anterior (2B), entre otros datos, se informa el domicilio fiscal, domicilio a efectos de notificaciones y domicilio social. Si en algún momento posterior, tenemos que hacer un cambio de cualquiera de estos domicilios, podemos hacerlo marcando en la página 1, las casillas:
  • Domicilio Fiscal: Casilla 122.

  • Domicilio Social: Casilla 123

  • Domicilio a efecto de notificaciones: Casilla 124
Página 4: Declaración de Actividades Económicas y Locales
A continuación hay que dar de alta las actividades que la empresa va a desarrollar. En algunas ocasiones, también encontraremos el código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) en la escritura de constitución y que tendremos que relacionar un epígrafe de la AEAT. Una vez tengamos el epígrafe correcto, nos podemos encontrar con tres supuestos dentro del apartado B.
  • La actividad se desarrolla fuera de un local determinado. Tendremos que rellenar este apartado.
  • La actividad se desarrolla en local determinado (local directamente afecto). En este apartado debemos informar la dirección del local, la superficie del mismo y el grado de afectación a la actividad económica.
  • Locales indirectamente afectos a la actividad (almacenes, depósitos, centros dirección,…). En este apartado debemos informar la dirección el local, la superficie del mismo y el grado de afectación a la actividad económica.
Página 5, Apartado 5. Sujeto Pasivo Gran Empresa y Administraciones Públicas

Si estamos dentro de estos dos supuestos, debemos rellenar este apartado.

Página 5, Apartado 6: Impuesto Sobre el Valor Añadido

Si vamos a realizar operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, debemos rellenar:

  • Inicio de actividad. En este apartado es importe saber cuándo vamos a comenzar a realizar prestaciones de servicios o entregas de bienes. Por ejemplo: nos puede ocurrir que hemos constituido la empresa, hemos alquilado un local y lo vamos a reformas pero hasta dentro de X meses no vamos a comenzar a realizar nuestra actividad realmente. En este caso, tendremos que marcar la casilla 504 y una vez finalizada la obra, comenzamos con nuestra actividad, debemos presentar otro modelo 036 marcando la casilla 508. Si por el contrario, directamente iniciamos actividad, tendríamos que marcar la casilla 502.
  • Regímenes aplicables. En este apartamos rellenaremos la casilla del régimen que tengamos que aplicar según nuestra actividad.

En el apartado anterior, cabe destacar, que para el régimen especial del criterio de caja, la renuncia tendrá efectos para un periodo mínimo de tres años.

  • Registros. Si queremos optar por el Registro de devolución mensual, marcamos la casilla 579.

Si vamos a realizar operaciones intracomunitarias, marcamos la casilla 582.

  • Deducciones. Si vamos a desarrollar una actividad con derecho a la deducción del IVA y otra sin derecho a la deducción del IVA, estaríamos incluido en el régimen de prorrata y debemos rellenar este apartado.

Si aplicamos prorrata general, podemos proponer un % provisional de deducción, casilla 586.

Si aplicamos prorrata especial, primero marcamos la casilla 587 “Si” y a continuación rellenamos el apartado con los diferentes sectores.

Página 6, Apartado B: Impuesto sobre Sociedades:
En el siguiente apartado, tenemos varios campos a rellenar:
  • La obligación de presentar IS (casilla 620 y 641)

  • La fecha del cierre del próximo ejercicio (casilla 640). Normalmente suele ser 31.12 pero muchas sociedades tiene la fecha de cierre en otra fecha.

  • Si queremos optar por el sistema de cálculo de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades previsto en el artículo 40.3, debemos rellenar la casilla 621 y 642.

  • Si es entidad exenta casilla 622 y rellenar el apartado siguiente.
Página 7, Apartado 9: Retenciones e ingresos a cuenta:
En el siguiente apartado rellenaremos las obligaciones que tengamos. Las más comunes suelen ser.
  • Retenciones rendimientos del trabajo (modelo 111). Casillas 700 y 720.

  • Retenciones actividades profesionales, agrícolas, ganaderas……(modelo 111) Casillas 701 y 721.

  • Retenciones rendimientos procedentes del arrendamiento (modelo 115). Casillas 702 y 722.

  • Retenciones rendimientos capital mobiliario (modelo 123. Casillas 707 y 727.

Emilio García Benjamín

Director Área Legal

Ir a Arriba