Ganancias obtenidas en apuestas deportivas y póquer online
La mayoría de la gente desconoce que las ganancias obtenidas en apuestas deportivas y póquer online, deben tributar por el IRPF si el jugador es residente español, es decir, reside en territorio español durante más de 183 días al año. Si las ganancias obtenidas de este tipo de apuestas superan los 1.000 euros durante un ejercicio fiscal, el jugador estará obligado a realizar la presentación de la correspondiente declaración de la renta.
Las cantidades percibidas tributan como una ganancia en la base imponible general, pudiendo tributar a un tipo impositivo que puede ir desde el 19% al 45%.
Hay que destacar que se tributa por el conjunto de los beneficios netos globales obtenidos durante el año. El cálculo de esta ganancia lo obtenemos por diferencia entre los premios recibidos y las cantidades jugadas durante el ejercicio, tanto si se obtuvo premio como si no. En ningún caso podrán las pérdidas superar las ganancias, es decir, puede existir ganancias pero nunca pérdida.
Lo que es importante es guardar todos los justificantes, tanto de las apuestas realizadas como de los premios obtenidos en global, ya que las casas de apuestas on-line no están obligadas a emitir certificados a sus clientes para elaborar las declaraciones. Sin embargo, sí están obligados a informar a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) y la Agencia Tributaria puede solicitar información a dichas casas de apuestas. En definitiva, si apuestas, controla las operaciones realizadas para no llevarte sorpresa ante un posible requerimiento de hacienda.
Emilio García Benjamín
Director Área Legal
- Publicado el 26 de julio de 2016
- Temas: Fiscal
- Etiquetas: apuestas deportivas, IRPF, poquer online, tributar