¿Eres un autónomo de la Comunidad de Madrid afectado por el Covid-19? Hay una nueva ayuda a la que puedes optar

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La Comunidad de Madrid está desarrollando el llamado “Plan Continúa” el cual supone una inyección directa de liquidez para los autónomos que podrán utilizar para cubrir los gastos más urgentes para mantener su actividad, y cuyo trámite burocrático, asegura, va a ser ágil y rápido.

Como consecuencia de la crisis del COVID-19, el sector de los autónomos y Pymes se está viendo extremadamente perjudicado, lo que supone la necesidad de ofrecerles la posibilidad de acogerse a ayudas que, si bien no suponen un alivio total, al menos pueden ayudar a sufragar ciertos costes fijos mensuales que tiene que seguir asumiendo este colectivo, tenga o no tenga ingresos mensuales.

En el presente artículo pasamos a detallar en forma de guía informativa cuales son los requisitos, incompatibilidades y plazos para la solicitud de esta nueva ayuda.

Cuestiones de fondo
Importe de la ayuda

Tendrá un importe de 534,50 euros (correspondiente al importe de la cotización mínima de dos meses), en un pago directo y único.

¿Quiénes se pueden beneficiar?
Se podrán beneficiar los autónomos con o sin empleados a su cargo que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en una mutua de previsión social y que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid. Están incluidos los siguientes autónomos:
  • Industriales.

  • Socios de Cooperativas.

  • Socios de sociedades laborales.

  • Socios de sociedades mercantiles.
Requisitos para acceder a la ayuda
Los requisitos para acceder a este abono son:
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias (AEAT).

  • Estar al corriente de pago en las obligaciones con la Seguridad Social.

  • Acreditar un descenso de facturación de al menos el 30%.

  • Compromiso de mantenimiento de alta en el RETA durante los tres meses siguientes al abono de la ayuda.
Plazo de solicitud de la ayuda

Se podrá solicitar en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Incompatibilidades de esta ayuda
No podrán acceder a esta ayuda:
  • Los perceptores de las ayudas por pérdida del 75% de actividad o cese de negocio que ha establecido en Gobierno central.

  • Los que hayan recibido una ayuda o bonificación de cuota por parte de una mutua.

  • Aquellos autónomos de la Comunidad de Madrid que estén acogidos a la Tarifa Plana o que hayan solicitado las ayudas prevista en el Plan Impulsa (como la ayuda directa de 3.200 euros, correspondiente al pago de 12 mensualidades de la base mínima de cotización a la Seguridad Social).
¿A partir de cuándo se puede solicitar la ayuda?

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el pasado día 15 de abril de 2.020, las bases de esta ayuda, la cual queda a expensas de su aprobación oficial en el Boletín de la Comunidad, momento desde el cual se podrán comenzar a solicitar.

Conclusión

Como hemos visto, lo interesante de esta ayuda es que pueden optar a ella los trabajadores autónomos que hubieran quedado fuera de la ayuda estatal donde se requería una merma en la actividad económica desde el estado de alarma del 75% o mayor. Es una solución más para este colectivo consistente en un ingreso único y directo de 534,50€, equivalente a dos mensualidades de la cuota de cotización mínima, para el caso de que se hayan visto afectados por las circunstancias derivadas de la crisis sanitaria, económica y social por la que estamos atravesando, al haber disminuido su actividad económica en al menos un 30%.

Si cumples con los requisitos expuestos anteriormente y estás interesado en solicitar esta ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Desde GM Consulting, expertos en Derecho Laboral y de la Seguridad Social, contamos con un equipo de profesionales que llevarán a cabo un asesoramiento completo, así como la tramitación y posteriores requerimientos por parte de los organismos oficiales.

Fanny Urquizu Meseguer

Licenciada en Derecho y Abogada colegiada. Me avalan 10 años de experiencia en el ejercicio de la Abogacía, especialmente, en materia civil, mercantil y penal económico y de la empresa. Asesora legal, con especialización en bancario y financiero, mercantil y societario.

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