Trabajadores y protección de datos

Todos los trabajadores de cualquier empresa, tanto del ámbito público como del privado, deben tener, al menos, nociones básicas de lo que significa la protección de datos y es responsabilidad de la empresa, proporcionarlo.

Por un lado, deben saber cómo actuar si algún cliente plantea peticiones relacionadas con la protección de datos y, por otro, se debe transmitir el modo por el cual su empresa cumple sus obligaciones en esta materia.

El responsable del fichero o tratamiento adoptará las medidas necesarias para que el personal conozca de una forma comprensible las normas de seguridad que afecten al desarrollo de sus funciones así como las consecuencias en que pudiera incurrir en caso de incumplimiento.

No se está exigiendo la realización de cursos ni la elaboración de planes de formación, como ocurre en la normativa sobre Prevención de Blanqueo de Capitales sino la adopción de medidas a que se refiere el párrafo 2º del artículo 89 de RLOPD.

¿Cómo podemos hacerlo? Por ejemplo, mediante la elaboración de Anexos a los contratos de trabajo tales como “funciones y obligaciones de los usuarios” o a través de reparto de circulares informativas, sesiones internas de información…, cualquier medio es válido para dar a conocer las obligaciones que integran la Organización, en la medida de la responsabilidad que implica el tratamiento de datos de carácter personal.

Imagine que un trabajador se extralimita en sus funciones con la LOPD. Al tener un documento firmado, podremos derivar responsabilidad puesto que era consciente de sus obligaciones. GM Consulting Empresarial se encargaría de personalizarlo si Vd. lo requiere.

Tenga en cuenta que un trabajador debidamente formado en LOPD, puede evitar a la empresa cuantiosas multas.

Emilio José García

Director Área Jurídica

Ir a Arriba